
La Superintendencia de Transporte requiere a los generadores de carga para que diligencien el registro nacional de despachos de carga (RNDC) con información veraz y confiable de acuerdo con los parámetros establecidos por el Ministerio de Transporte
septiembre
11,
2023
De acuerdo con el artículo 2.2.1.7.6.9. del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte, el generador de carga tiene dentro de sus obligaciones, “Diligenciar el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC)” con información exacta y fidedigna de acuerdo con los parámetros establecidos por el Ministerio de Transporte.